INFORME ECONOMICO ANUAL
Las personas físicas, personas morales extranjeras y las sociedades mexicanas inscritas en las secciones Primera*
y Segunda** del RNIE, están obligadas a renovar anualmente su constancia de inscripción durante los primeros siete meses de cada año,
para lo cual bastará presentar un informe económico, de conformidad con el siguiente calendario que depende de la letra con
la cual inicia el nombre, denominación o razón social de la persona física o moral que presentará el informe:
I.- |
De la A a la D, durante abril de cada año;
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II.- |
De la E a la J, durante mayo de cada año; |
III.- |
De la K a la P, durante junio de cada año; y |
| IV.- |
De la Q a la Z, durante julio de cada año. |
Para los casos particulares en los cuales el nombre, denominación o razón social de la sociedad no se encuentre relacionado en la tabla anterior, la fecha de presentación no deberá exceder al mes de julio de cada año.
*Sección Primera: Quienes realicen habitualmente actos de comercio en la República Mexicana, siempre que se trate de:
A) Personas físicas o morales extranjeras o,
B) Los mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional.
**Sección Segunda: Las sociedades mexicanas en las que participe , incluso a través de fideicomiso:
A) La inversión extranjera;
B) Los mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional.
C) La inversión neutra.
Este informe se utiliza para obtener estadísticas sobre inversión extranjera directa en México (IED) y es
considerado como la fuente de información más confiable para evaluar el comportamiento de la IED. De hecho, los principales
países receptores de inversión extranjera cuentan con un instrumento similar a este informe.